ACTIVIDADES
- COMPLETA EL TEXTO SOBRE EL S. XVIII
- KAHOOT BORBONES 1
- KAHOOT BORBONES 2
- KAHOOT BORBONES 3
- HITOS MÍNIMOS PARA VUESTRA CRONOLOGÍA:
- 1700-1713 Guerra de Sucesión
- 1707 Batalla de Almansa (Victoria de Felipe V sobre archiduque de Austria)
- 1713 Tratados de Utrecht
- 1707-1716 DECRETOS DE NUEVA PLANTA
- 1749 Inicio del catastro de Ensenada
- 1759 Carlos III ocupa el trono de España
- 1766 Motín de Esquilache
- 1767 Expulsión de los jesuitas
- 1778 Reglamento de libre comercio entre la Península y el Imperio americano
- TRABAJO INDIVIDUAL: (Mínimo 1000 palabras, Arial, 12).
¿ Qué supuso la aprobación de los Decretos de Nueva Planta en la Comunidad Valenciana?
¿ Por qué el cuadro de Felipe V en Xàtiva cuelga del revés?
- ANALIZAR MAPA HISTÓRICO: (Mirar esquema en el apartado Guías)
- ANALIZAR TEXTO HISTÓRICO:
”Sabed, que empleada constantemente mi Real atención en meditar los medios, que puedan contribuir al mejoramiento del comercio y felicidad de mis amados Vasallos, he creído que uno de los modos más propios para conseguir y facilitar este importante objeto, era el de conceder a todas las Provincias de España la salida de sus frutos y géneros por los Puertos de Sevilla, Cádiz, Málaga, Alicante, Cartagena, Barcelona, Santander Coruña y Gijón de esta Península; y por los de Palma y Santa Cruz de Tenerife en las Islas de Mallorca y Canarias, a fin de que puedan hacer el libre comercio, por Buenos Aires a las Provincias del Río de la Plata, Perú y Reino de Chile, incluyendo también los Puertos habilitados de aquellas Costas y logren en esta conformidad, así los habitantes de estos Reinos, como mis fieles Vasallos de aquellas Provincias de Indias mayor comodidad en los géneros y dar salida a sus frutos sobrantes, ampliando la rebaja de derechos y facilidad de traficar de Puerto a Puerto en las Islas y Provincias de mis Indias Occidentales, que se hallaban habilitadas desde el año de mil setecientos sesenta y cinco, y por otras mis órdenes sucesivas, bajo del comercio libre, gozando de todas las ventajas que ofrece una contratación tan extensa y favorecida; y que hasta ahora se hallaba estancada en un solo Puerto de la Península, con grave detrimento de mis amados Vasallos; de los demás Puertos y Provincias, que conquistaron y poblaron las de Indias, reduciéndose esta materia a la justicia distributiva, que a todos corresponde, con los demás beneficios que se contienen en el Real Decreto, que me he servido expedir con fecha de dos de este mes.”
Real Cédula de 22 de febrero de 1778. Decreto de libre comercio con América.
APUNTES
- RESUMEN SIGLO XVIII. LOS PRIMEROS BORBONES